Una oportunidad para mayor impulso de las inversiones “Obras por Impuestos”
May 04, 2023LEY Nº 31735, LEY QUE MODIFICA LA LEY 29230, QUE IMPULSA LA INVERSIÓN PÚBLICA REGIONAL Y LOCAL CON PARTICIPACIÓN DEL SECTOR PRIVADO
La coyuntura hace que la norma pueda tener varios aspectos a mejorar, hoy por hoy bajo el mecanismo de obras por impuestos hablamos de la ejecución de las inversiones no solo siendo proyectos de inversión sino también incluyendo IOARR’s, las actividades de mantenimiento y operación hasta por un año, así como la facultad de los sectores y gobiernos subnacionales a invertir bajo este esquema. La norma ha mejorado las formas para fomentar la inversión privada.
La inversión privada es un aliado estratégico para poder ejecutar este tipo de intervenciones, la norma está contemplando la emisión de los CIPRL en un carácter negociable, por lo que mayores empresas podrán ejecutar directamente sus intervenciones, otro gran incentivo es el uso de los CIPRL, pues ya no solo podrán hacer uso de un 50% sino de un 80% para el impuesto a la renta sino también para el pago de cualquier otro tributo, deuda u otra obligación de ingreso al tesoro público. En esa misma línea, Los CIPRL emitidos que no hayan sido utilizados en el año fiscal correspondiente, cuando se utilicen se le reconocerá la tasa de inflación acumulada de los últimos doce meses, con lo cual no se deprecia y tendríamos un valor de mercado.
Ya el mecanismo contempla la actividad de mantenimiento, por ahora solo se podrá desarrollar en actividades de mantenimiento de infraestructura, con ello se garantizará la sostenibilidad, es en ese camino que las universidades públicas e institutos y escuelas de educación superior podrán utilizar este mecanismo a través del Ministerio de Educación.
En obras por impuestos se busca generar la continuidad de las inversiones, por lo que la supervisión se garantiza ya que se puede contratar realizando un proceso de selección o efectuar de manera directa, ya en el reglamento se establecerá el procedimiento y las condiciones. El mecanismo de obras por impuestos nos brinda soluciones como el trato directo, conciliación o arbitraje, por lo que se garantiza soluciones ágiles a los problemas que podrían existir.
Este mecanismo nos brinda un espacio para no exceder los límites, pues ante variaciones o modificaciones durante la ejecución física del proyecto, no deben exceder el cincuenta por ciento del monto total de inversión contemplado en el expediente técnico aprobado, salvo sea con el fin de cuidar la salud, la seguridad o la vida humana, con lo que si se tuviera un contexto Covid, se podría conservar un escenario de continuidad.
Una acertada decisión es la especialización y certificación gradual de profesionales, por parte del Ministerio de Economía y Finanzas en conjunto con Proinversión, que desde la entrada en vigor de la ley hasta la fecha no ha existido con ello se garantiza a los profesionales capacitados y de alto rendimiento, así como el registro de entidades privadas supervisoras y supervisores para obras por impuestos como competencia de PROINVERSIÓN.
La norma nos establece un plazo para la reglamentación, por ahora a esperar y animar a mayores empresas a utilizar el mecanismo, con ello tendremos diversificación del mercado para utilizar más obras por impuestos.
Lic. Lizbeth Bravo Rojas
Miembro de la Red Profesional de ILPIIE